Reconocer un ingreso en su presupuesto

Publicado el 4 de febrero de 2019Por

ImagenEstamos en los primeros meses del año y las entidades están cerrando los presupuestos y las contabilidades del año anterior y anticipando un presupuesto del presente. Cuando esto sucede suele haber dificultades y problemas recurrentes a la hora de tener claro cuáles son los ingresos del año y cuáles no.

Es frecuente que se cometan errores de bulto y una entidad tenga pérdidas o beneficios falsos que llevan a sus dirigentes a tomar decisiones equivocadas.

Este post tiene como objetivo que, sin conocimientos contables o presupuestarios profundos, tengas claro qué es un ingreso y qué no lo es en el año que estás valorando. No se trata de opiniones, sino de seguir los criterios establecidos en el Plan General de Contabilidad para entidades sin fines lucrativos (BOE 9 de abril de 2013) para abreviar lo llamaremos PGC Onls, explicándolos de una forma sencilla y didáctica.

Veamos los diferentes tipos de ingresos que puede tener una asociación o fundación y como considerarlos:

Ingresos por subvenciones, donaciones o legados

La norma de valoración 20 del PGC onls lo explica muy bien: se incluirán como ingresos del ejercicio aquellas subvenciones, donaciones y legados de forma correlacionada con los gastos derivados de dicha subvenciones o legados (Norma de valoración 20)

Es decir, si me concedieron una subvención en octubre de 2013 pero no he gastado nada porque la subvención es para 2014, el ingreso es para 2014.

Si en cambio me dieron 1.000 euros y gasté 250 euros y me voy a gastar 750 euros en el año siguiente, pues registro 250 euros de ingresos en 2013 y 750 euros de ingresos en 2014.

¡Cuidado! No estamos hablando de cobro, es posible (y probable) que el financiador en cuestión no me la haya pagado: me concedieron significa que tengo un documento que dice que tengo una subvención concedida. El ingreso está relacionado siempre con el gasto, nunca con el cobro.

Otro ejemplo que vemos mucho: si recibe el cobro de una subvención de hace dos años, NO puede ser de ninguna manera un ingreso del presupuesto de este año, porque este dinero es un ingreso que ya se gastó hace dos años, estaría equivocando el presupuesto de su entidad.

Ingresos por facturación

Los ingresos por facturación se registran, normalmente, a la fecha de factura. Igualmente, no considero la fecha de cobro de ninguna manera como ingreso.

¿Qué sucede si la factura se hace por un trabajo que realicé en parte o su totalidad el año pasado? De nuevo, el PGC Pymonls en su norma de valoración 18: si el importe de estos ingresos se puede valorar con fiabilidad y es probable que la entidad reciba los beneficios o rendimientos económicos y los costes incurridos pueden ser asimismo valorados… ¡incluyaló en el ejercicio en que realmente lo realizó!

Con un ejemplo se ve mejor, si realizé un curso en diciembre pero lo facturo en enero: se conoce el importe, el rendimiento es para la entidad y el gasto del monitor lo registré en diciembre, aunque la factura sea con fecha de enero, el ingreso debe estar en el presupuesto del año anterior

Otro ejemplo, si tengo un concurso público con un Ayuntamiento que facturo cada 6 meses, y la factura se hace octubre-marzo, e igualmente se el importe, el rendimiento es para la entidad y los gastos están distribuidos en todo el periodo, pues sume en su presupuesto el 50% del ingreso en un año y el otro 50% en el otro.

Ingresos por cuotas, patrocinios y otros

De nuevo la norma del PGC Pymonls (en este caso, la 17.2) nos lo deja pero que muy clarito para que no nos confundamos:

–         Cuotas de socios: en el año en que se reconocen (por lo general cuando se aprueban en asamblea), nunca cuando se cobran

–         Ingresos por campañas de donaciones y patrocinios, cuando estas campañas se producen.

Un ejemplo recurrente, la lotería de navidad: se registra en el mes de diciembre todo el ingreso, aunque las papeletas se cobren después. Igualmente, si toca una terminación y hay gente que no va a cobrarla pasado el periodo para ello, el ingreso ya es del año siguiente, es una donación que han realizado de forma voluntaria todas las personas que no han ido a recoger su premio.

¿Qué sucede si confunde conceptos?

Los ingresos tienen que estar vinculados a los gastos, en otro caso puede que su entidad tenga pérdidas y no se esté dando cuenta hasta que el agujero sea considerable. Y no estamos hablando de ficción, es una realidad que vemos con demasiada frecuencia

O bien, que tenga recursos disponibles y esté dejando de gastar cosas que son necesarias para los fines sociales de su entidad.

En definitiva, o lo hace bien o el presupuesto que está haciendo y las decisiones que está tomando con él le llevarán a caminos y opciones equivocadas.

Le recomendamos encarecidamente que dedique un poco de tiempo a mirar cada ingreso que tiene y a incluirlo en el año correcto. La mayoría de las veces no es cuestión de conocimiento, si no de atención.

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